Enero, comienzan las primeras obligaciones informativas para los que mantienen inversiones en el extranjero.
Este mes de enero comienza el plazo de presentación de determinadas obligaciones fiscales e informativas relacionadas con inversiones en el extranjero mantenidas por residentes fiscales en España durante el año 2020.
En concreto, las obligaciones a destacar son las siguientes:
Declaración D6 – Se presenta al Registro de Inversiones españolas en el Exterior, dependiente del Ministerio de Economía.
El Modelo D6 es un modelo informativo que declara las inversiones en empresas que cotizan en Bolsa de Valores o Mercado Organizado, cuando los valores se depositan en una entidad domiciliada en el extranjero o permanezcan bajo custodia del titular de la inversión.
Están obligadas a su presentación las personas físicas y jurídicas residentes en España que posean valores negociables en el extranjero, con independencia del valor de estos activos.
Plazo de presentación es del 1 al 31 de enero de 2021.
Formulario ETE – Se presenta en el Departamento de Estadística del Banco de España.
El Formulario ETE afecta a personas físicas y jurídicas residentes en España cuando se sobrepasa el millón de euros en los activos/pasivos en el extranjero y transacciones económicas con no residentes.
La declaración se presenta exclusivamente por vía telemática a través de la página web del Banco de España, siendo imprescindible contar con el Certificado Digital propio declarante u obligado.
Plazo de presentación con carácter general es del 1 al 20 de enero de 2021.
Modelo 720 – Se presenta en la Agencia Tributaria.
El Modelo 720 es una declaración informativa que actualmente consta de 3 bloques o apartados de información donde se declaran las cuentas corrientes y depósitos, valores, acciones o seguros, y por último los inmuebles y derechos sobre éstos sitos en el extranjero.
Por regla general, deben declarar el Modelo 720 las personas físicas con activos en el extranjero valorados en más de 50.000 €.
Plazo de presentación con carácter general es del 1 de enero y el 31 de marzo de 2021.
Algunas de estas obligaciones, y en concreto la Declaración D6 y Formulario ETE son poco conocidas, y en muchas ocasiones el contribuyente no atiende a su obligación.
En EdC somos expertos en fiscalidad internacional y, específicamente, en el Modelo 720, Declaración informativa de bienes en el extranjero, Modelo D6 y ETE.
Deja tu comentario