El Gobierno impone el impuesto para dichos servicios a partir del próximo 16 de enero de 2021.
El pasado 16 de octubre, el Gobierno publicaba en el Boletín Oficial del Estado la Ley 5/2020, del 15 de octubre, del Impuesto sobre las Transacciones Financieras. Este tributo permite gravar la adquisición onerosa de acciones de sociedades españolas.
En concreto, gravará al 0,2% las siguientes operaciones, con independencia de la residencia fiscal de las personas o entidades que realicen e intervengan en las operaciones y de donde se realice la operación:
Igualmente, se encuentran también sujetas al impuesto las adquisiciones de acciones y certificados de depósito que deriven de la ejecución o liquidación de obligaciones o bonos convertibles o canjeables, de instrumentos financieros derivados, o de cualquier instrumento financiero, o de determinados contratos financieros definidos en la normativa española del Mercado de Valores.
Por otro lado, se recogen exenciones a determinadas adquisiciones de acciones. En concreto se establecen una serie de exenciones que afectan al mercado primario y las adquisiciones necesarias para el funcionamiento de las infraestructuras del mercado, a las operaciones de reestructuraciones empresariales, a las operaciones realizadas entre sociedades del mismo grupo, a las cesiones de carácter temporal y a determinadas adquisiciones de acciones propias.
El desarrollo reglamentario pendiente de aprobarse deberá resolver las dudas que pueden surgir en la aplicación del nuevo impuesto, además de precisar y concretar otras cuestiones formales.
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Elena del Castillo
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